PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO 2022
Debemos tener en cuenta que se trata de un PROYECTO de Ley, es decir, es necesario aunque pase el trámite parlamentario para su aprobación definitiva. Por tanto, es susceptible de que se produzcan modificaciones.
VALORACIÓN DE CCOO: Este proyecto no incluye las peticiones concretas de nuestro sindicato:
- Recuperación del poder adquisitivo: el incremento del 2% es absolutamente insuficiente.
- Luchar contra la elevada temporalidad: estamos en contra de que se mantenga una tasa de reposición
Durante el trámite parlamentario del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022, CCOO realizaremos las acciones pertinentes con el objetivo de que se incorporen nuestras propuestas y se inicie de forma inmediata una negociación real para hablar del conjunto de derechos laborales a recuperar (35 horas, Carrera Profesional, etc).
INCREMENTOS SALARIALES QUE SE PROPONEN:
- Las retribuciones del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021.
- Los gastos de acción social no podrán incrementarse.
- Se pueden realizar aportaciones a Planes de pensiones de empleo o contratos de seguros colectivos siempre que no se supere el incremento global fijado del 2%
Se podrán realizar adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados en el mismo.
TASAS DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS
- Se fija una tasa general de reposición de efectivos del 110%.
- Respecto a los sectores prioritarios se incrementa hasta el 120% (docentes, personal sanitario, control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas y en materia de Seguridad Social, asesoramiento jurídico y la gestión de los recursos públicos, prevención y extinción incendios, entre otros).
- Policía Local hasta un 125%
- Entidades locales con su deuda financiera amortizada será de un 120% en todos los sectores.
- Todo lo anterior, sin perjuicio de los procesos de estabilización derivados del Real decreto ley 14/2021 (Nota: recuerde que la TASA ADICIONAL para los procesos de estabilización en el empleo debe incluir todas las plazas presupuestadas al menos en los 3 años anteriores al 31 de diciembre de 2020 ESTÉN O NO consideradas, hasta ahora, como estructurales).
SECTORES PRIORITARIOS TASA DE REPOSICIÓN:
- Asesoramiento jurídico y gestión de los recursos públicos
- Servicios sociales
- Atención a los ciudadanos
- Gestión de prestaciones y materias activas en materia de empleo
- etc.
NO COMPUTARAN TASA DE REPOSICIÓN:
- Promoción Interna
- Indefinido no fijo por sentencia judicial
- Para la puesta en marcha y funcionamiento de un servicio impuesto por norma
- Los servicios públicos que pasen a gestión directa
Las entidades locales que tengan amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre de 2021 podrán acumular su tasa de reposición indistintamente en cualquier sector.
