Apunte laboral titulado "Nuevo convenio especial para el cómputo de las prácticas formativas" publicado en la revista de CCOO de Lleida lo Sindicato nº. 198 (mayo de 2024).
Nuevo convenio especial para el cómputo de las prácticas formativas[ 1 ]
A partir del 1 de enero de 2024 las prácticas formativas realizadas en empresas, o instituciones estarán incluidas en el régimen de la Seguridad Social para aquellos estudiantes que las realicen.
Las personas que pueden suscribirse a este nuevo convenio especial con la Tesorería de la Seguridad Social son los alumnos universitarios y los alumnos de formación profesional de ciclos formativos, y no es necesario que las prácticas que realicen sean remuneradas.
Los estudiantes que hayan realizado prácticas antes de esta fecha y quieran ver reconocido este período a efectos de cotización, tendrán que formalizar el convenio especial. En el caso de prácticas no remuneradas deben haberlo formalizado antes del 1 de enero de 2024. Si las prácticas son remuneradas se tendrán que haber realizado antes del 1 de noviembre de 2011 y deben ser de un máximo de 5 años. Además, es necesario estar en posesión del certificado que acredite que se han realizado las prácticas.
Existe un plazo de hasta dos años para comunicar la realización de las prácticas y la Tesorería tiene un plazo máximo de hasta seis meses para contestar, si no lo hace, puede estimarse como silencio administrativo. Entonces, es necesario verificar si salen en el informe de la vida laboral.
Hacer este convenio especial es imprescindible, ya que este período máximo de cinco años de prácticas será útil para el cálculo de la futura pensión de jubilación. Es importante que se cuente este tiempo para poder llegar al 100% de la pensión o incluso tener derecho a ello si ayuda a alcanzar los quince años mínimo como requisito, por regla general, para tener una pensión de jubilación. Y, en su caso, también es importante para poder acceder a una pensión por incapacidad permanente o supervivencia por contingencias comunes.
El pago que deben realizar las personas que suscriben este convenio con la Tesorería de la Seguridad Social puede pactarse, y hacerlo en un pago único o de forma fraccionada.
Si necesitas información sobre algún derecho de la Seguridad Social, solicita asesoramiento, ¡llama al sindicato!
[ 1 ] Orden ISM/386/2024 de 29 de abril

