Dictamen 20/2022 sobre el Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el período 2022-2027 y se derogan el Decreto 328/1988, de 11 de octubre, por el que se se establecen normas de protección y adicionales en materia de procedimiento en relación con varios acuíferos de Cataluña y el Decreto 329/1988, de 11 de octubre, por el que se declara la sobreexplotación de determinados sectores de los acuíferos subterráneos o unidades hidrogeológicas

El dictamen fue aprobado por la Comisión Ejecutiva por delegación del Pleno del CTESC, el 12 de diciembre de 2022.

El Proyecto de Decreto tiene por objeto la aprobación de un nuevo Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el período 2022 – 2027, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 13 de la Directiva 2000/60/CE y en la disposición adicional undécima del texto refundido de la Ley de aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Este nuevo plan, desarrollado en el anexo del Proyecto de Decreto, revisa y sustituye el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el período 2016 – 2021, que fue aprobado por Decreto 1/2017, de 3 de enero

El Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Catalunya es el instrumento de la planificación hidrológica que tiene por objeto determinar las acciones y medidas necesarias para alcanzar los objetivos de la planificación hidrológica de dicho distrito, de acuerdo con el establecido en el artículo 92 bis del texto refundido de la Ley de aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en el artículo 19 del texto refundido de la legislación en materia de aguas, aprobado por Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre.


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