Desde CCOO valoramos muy positivamente la subida del SMI, aunque reclamamos que en Cataluña la referencia a los convenios se sitúe en los 1.400 euros

Desde CCOO de Catalunya celebramos el acuerdo alcanzado ayer entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos para aumentar la cuantía del SMI en 50 euros mensuales. El acuerdo debe suponer que en todo el Estado se beneficien al menos 1.800.000 personas asalariadas a tiempo completo, un 11,8% de la población. A esto se suman aproximadamente 263.000 personas que trabajan a tiempo parcial, que también se verán favorecidas por la medida.

El impacto de la subida será especialmente significativo en sectores con condiciones laborales más precarias, como la agricultura, hostelería y comercio. En Cataluña, este aumento beneficiará a 300.000 personas trabajadoras. También beneficiará más a las mujeres y reducirá la brecha salarial de género, ya que las mujeres representan el 57% de las personas que perciben el SMI. Otros colectivos que se verán beneficiados son las personas jóvenes, las personas trabajadoras con contratos temporales y aquellas que realizan trabajos de menor calificación.

El incremento del SMI se concretará en un 4,41%, que lo sitúa en 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas o en 1.381,33 euros mensuales en 12 pagas, con un salario anual bruto de 16.576 euros por la jornada completa . Se trata de una cifra inferior a la planteada, de 1.200 euros brutos mensuales, ya la que se han opuesto las organizaciones empresariales. Valoramos también positivamente el compromiso del Gobierno a abrir una mesa de diálogo social para negociar la transposición de la Directiva europea sobre salarios mínimos, que debe abrirse en un período de dos meses, y que también abordará otros aspectos relacionados con la 'SMI.

Desde CCOO hemos propuesto que se garantice por ley que el SMI sea el 60% del salario medio, que se modernice el Real Decreto, que se establezcan criterios de compensación y absorción en relación con los complementos salariales y que se actualicen las cuantías diarias y por hora del SMI en función de la reducción de la jornada laboral cuando ésta se produzca. Es necesario garantizar la aplicación automática de estos incrementos a los convenios colectivos. Además, queda pendiente la decisión sobre la exención del SMI en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

En Cataluña, defendemos también el impulso de un salario mínimo de referencia catalán en los convenios del 60% del salario medio en Cataluña, para dar cumplimiento a la Carta social europea. En este sentido, es necesario compromiso patronal y de las administraciones, para que ningún convenio en Cataluña tenga un salario inferior a los 1.400 euros por 14 pagas y que las administraciones públicas a través de cláusulas sociales en la contratación pública impulsen también esta referencia salarial. Es una medida posible por los incrementos de márgenes empresariales y la buena evolución de la economía y necesaria para garantizar una vida digna a las personas trabajadoras que deben hacer frente a la subida del coste de la vida especialmente de la vivienda en Cataluña.