Dictamen 07/2023 sobre el Anteproyecto de ley de modificación de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña

El dictamen fue aprobado por el pleno del CTESC, el 27 de marzo de 2023, con el voto particular conjunto de CCOO y de UGT, y los votos particulares de Foment del Treball y de PIMEC.

El Anteproyecto de ley tiene por objeto modificar la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña, para adecuar la norma a la realidad social y económica actual así como incorporar algunas directivas comunitarias.

Después de más de diez años de la aprobación inicial del Código de consumo de Cataluña, los derechos de las personas consumidoras se han visto afectados en diferentes ámbitos de actividad económica como son los servicios básicos, la contratación online, las prácticas comerciales agresivas y otros aspectos que han generado controversias en las relaciones de consumo. También algunas normas aprobadas con posterioridad contienen aspectos que inciden en el ámbito del consumo, como medio ambiente, residuos y desperdicio alimentario, entre otros.

Los cambios en la realidad socioeconómica que se han producido han sido suficientemente importantes para sensibilizar a la sociedad, y la Unión Europea ha dado respuesta con muchas normas de afectación directa a las personas consumidoras, como la Directiva UE 2019/770, la Directiva UE 2019/771, la Directiva 882/2019 o la Directiva UE 2019/2161, entre otros.

Por tanto, los objetivos generales y específicos del anteproyecto son los siguientes:

Objetivos generales:

  • Incrementar y garantizar la efectividad de los derechos de las personas consumidoras en cualquier tipo de relación de consumo.
  • Reducir la desigualdad y la discriminación en las relaciones de consumo.

Objetivos específicos:

  • Actualizar el sistema de protección y defensa de las personas consumidoras y adecuarlo a la realidad jurídica, económica o social.
  • Reforzar las herramientas que dispone la Agencia Catalana del Consumo para proteger a las personas consumidoras.
  • Mejorar la protección de las personas consumidoras vulnerables y reforzar los mecanismos de protección, evitar conductas discriminatorias por razón de género y mejorar y ampliar los derechos lingüísticos en las relaciones de consumo e ir hacia la transición ecológica y el consumo sostenible.
  • Evitar conductas discriminatorias, no justificadas, en las relaciones de consumo.

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