Más democracia en el trabajo: Europa refuerza los derechos de información y consulta con la revisión de la directiva de comités de empresa europeos

CCOO celebramos la aprobación de la revisión de la Directiva de comités de empresa europeos (CEE) en el Parlamento Europeo por 414 votos a favor, 139 en contra y 61 abstenciones. Una mayoría amplia que ratifica el acuerdo político sobre la revisión de la Directiva sobre comités de empresa europeos (CEE), que modifica la Directiva 2009/38/CE para fortalecer significativamente los derechos de información y consulta de los trabajadores y trabajadoras sobre las decisiones empresariales en empresas multinacionales. El éxito es el resultado del trabajo conjunto de los sindicatos integrados en la Confederación Europea de Sindicatos y la presión ejercida en las instituciones europeas.

Para CCOO, como miembros del grupo de participación de los trabajadores y trabajadoras de la CES y del grupo ad hoc para la renovación de la directiva, este triunfo del sindicalismo europeo después de años de presión tiene como resultado que las personas trabajadoras de empresas multinacionales se encuentran un paso más cerca de que se haga efectivo su derecho a una información de consulta de significativas y la democracia en el trabajo. Además, es un mensaje a las direcciones de los grupos con presencia en España de que habrá reglas comunes y exigibles, que tendrán consecuencias reales si no se respetan.

principales novedades

1. El ámbito de aplicación se aclara y se amplía al concretarse qué constituye un asunto transnacional (cuando las decisiones afecten significativamente a trabajadores o trabajadoras en dos o más Estados miembros).
2. Se facilita el establecimiento de los comités de empresa europeos, simplificando la solicitud de la creación de un comité europeo, con menos obstáculos técnicos o legales.
3. Se mejoran los recursos de funcionamiento y representación.
4. Se busca un equilibrio de género en los comités de empresa europeos procurando que al menos el 40% se reparta entre mujeres y hombres en los miembros de los comités.
5. Se refuerzan los derechos de consulta, confidencialidad y transparencia: la consulta debe ser temprana y significativa; los representantes podrán emitir opiniones antes de que se tomen decisiones finales y la empresa debe dar respuestas motivadas. Las restricciones de confidencialidad sólo se aplicarán si existen criterios objetivos y por períodos limitados.
6. Se mejora la capacidad de la representación de las personas trabajadoras de acceder a la justicia y se prevé que las sanciones por incumplimientos sean suficientemente disuasivas.

Próximos pasos en España con la nueva Directiva de 2025:

Una vez entre en vigor la directiva, los Estados miembros tendrán hasta dos años para su transposición al derecho nacional. La aplicación efectiva de sus disposiciones deberá producirse como máximo tres años después de su entrada en vigor.
España deberá reformar al menos seis áreas de la Ley 10/2011:

1. Redefinir la consulta transnacional como previa y significativa.
2. Detallar procedimientos de respuesta motivada por parte de la empresa.
3. Garantizar el presupuesto y el acceso a los expertos y la formación.
4. Introducir objetivos de equilibrio de género.
5. Reforzar sanciones y acceso rápido a los recursos judiciales.
6. Derogar las exenciones (disposición transitoria única).

 

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