Recurso preventivo

Hoja informativa para delegados y delegadas de prevención incluida en la convocatoria de acciones transversales AT2017-0108

La figura del recurso preventivo es objeto de debate en los centros de trabajo, puesto que el empresariado abusa de su nombramiento, de sus competencias y de sus responsabilidades. Actualizamos todo lo relacionado con esta figura porque sindicalmente tenemos numerosas consultas al respecto, la mayoría de ellas coincidentes.

A continuación mencionamos algunas de las problemáticas con las que se encuentran los delegados y delegadas de prevención en los centros de trabajo en relación con el recurso preventivo:

  • ¿Quién puede nombrar al empresario o empresaria como recurso preventivo? Requisitos.
  • ¿El trabajador o trabajadora está obligado a aceptar el nombramiento?
  • ¿El delegado o delegada de prevención puede ser recurso preventivo?
  • Tareas y funciones.
  • Responsabilidades.
  • ¿El recurso preventivo puede paralizar la actividad?
  • Capacidad y formación del recurso preventivo.
  • ¿Cuándo es necesaria la presencia de un recurso preventivo?

Haga clic para ver la hoja informativa sobre el recurso preventivo en:

Esta ficha se enmarca en el proyecto de Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, FSP, en la convocatoria de acciones transversales AT2017-0108.

Financiado por:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales. 

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