Píldora informativa sobre salud laboral. Mayo de 2022
La empresa ofrecerá a las mujeres embarazadas o en período de lactancia natural una protección especial de su salud en el trabajo. Esta protección significa que ninguna condición de trabajo puede suponer un peligro para la salud de ninguna mujer trabajadora que se encuentre en estas situaciones o de su recién nacido.
En el supuesto de que esta protección no sea posible, la trabajadora podrá acceder a la prestación por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural para evitar que deba trabajar en condiciones de riesgo. Por tanto, esta prestación no está prevista para que las empresas eviten sus obligaciones en salud laboral, sino que se podrá recurrir a ella cuando objetivamente no sea posible evitar los riesgos laborales.





Obligaciones de la empresa:
- Realizar la evaluación de riesgos de cada puesto de trabajo considerando los posibles riesgos para el embarazo y la lactancia natural y disponer de una lista de puestos de trabajo exentos de riesgo para estas situaciones.
- Evitar la exposición a riesgos laborales de las trabajadoras embarazadas o lactantes, facilitando la adaptación de su puesto de trabajo o el cambio a otro puesto sin riesgo y sin pérdida de derechos.
- Suspender el contrato a la trabajadora cuando el cambio o adaptación del puesto de trabajo no sea posible para que pueda solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo y la lactancia, facilitándole toda la documentación necesaria para su tramitación.
Si necesitas saber más sobre el procedimiento a seguir, contacta con tus delegados y delegadas de CCOO o consúltanos.


Haz clic para descargar en PDF la píldora informativa sobre el derecho de protección de la trabajadora embarazada y/o lactante natural frente a los riesgos laborales en el trabajo o la píldora informativa en castellano sobre el derecho de protección de la trabajadora embarazada y/o lactante ante los riesgos laborales en el trabajo
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