El dictamen fue aprobado por el Pleno del CTESC, el 26 de enero de 2026, con el voto particular de Foment.
El Anteproyecto de ley tiene por objeto regular modificaciones en materia fiscal y administrativa, directamente relacionadas con el ingreso y el gasto de los presupuestos de la Generalidad para 2026 o con la Administración del patrimonio de la Generalidad de Cataluña.
El Anteproyecto de ley consta de un preámbulo y cuatro partes.
La primera parte agrupa las medidas fiscales y se ordena en dos títulos. En el título I se recogen modificaciones normativas en el ámbito de los tributos propios y en el título II en el ámbito de los tributos cedidos.
La segunda parte agrupa las medidas financieras ordenadas en el título III de medidas relativas al régimen jurídico de las finanzas públicas.
La tercera parte agrupa las medidas en el ámbito del sector público y se ordena en tres títulos: el título IV, relativo a las medidas administrativas en materia de personal de la Administración de la Generalidad y su sector público; el título V, relativo a medidas de reestructuración y racionalización del sector público; y el título VI, sobre modificaciones legislativas en materia de órganos independientes y estatutarios.
La cuarta parte agrupa las medidas administrativas y se ordena en siete títulos: el título VII, relativo a medidas en materia de procedimiento legislativo; el título VIII relativo a medidas administrativas en materia de derechos y oportunidades en la infancia y la adolescencia, y de política social e igualdad; el título IX, relativo a medidas en materia de infraestructuras y movilidad, urbanismo y vivienda, medio ambiente y sostenibilidad, y ordenación de aguas; el título X, relativo a medidas administrativas en materia de turismo; el título XI, en materia administrativas en materia de patrimonio natural y biodiversidad; el título XII, que contiene medidas administrativas en materia de régimen local; y el título el título XIII, que contiene otras medidas administrativas de carácter sectorial.
La parte final contiene seis disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias, dos disposiciones derogatorias y cuatro disposiciones finales.
