El dictamen fue aprobado por la Comisión Ejecutiva por delegación del Pleno del CTESC, el 2 de marzo de 2026, con los votos particulares de Foment y de Pimec.
El Proyecto de Decreto tiene por objeto regular la estructura y la organización de los siguientes Registros:
a) El Registro de viviendas vacías y de viviendas ocupadas sin título habilitante.
b) El Registro de personas mayores tenedoras de vivienda.
Con el fin de alcanzar los siguientes objetivos:
- Garantizar un mayor control del parque de viviendas vacías y desocupadas sin causa justificada así como las viviendas ocupadas sin título habilitante, a efectos de identificar viviendas susceptibles de movilización para que se puedan hacer efectivas las medidas que la normativa vigente ha previsto para conseguir que cumplan su función social.
- Garantizar un conocimiento esmerado de los sujetos que tienen la condición de personas mayores tenedoras y de cuyas viviendas son titulares.
- Conseguir un funcionamiento y cumplimiento eficaz y eficiente de ambos registros, que generen datos de calidad.
- Minimizar las cargas administrativas de los sujetos obligados a inscribirse en los registros.
- Incrementar la seguridad jurídica sobre los supuestos de inscripción y no inscripción y las obligaciones de los titulares de viviendas inscritas en los registros.
- Establecer un régimen de comunicaciones ágil y eficaz entre las administraciones públicas.