Seguro para personas afiliadas a ccoo

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Sólo por formar parte de CCOO Cataluña, ¡toda nuestra afiliación ahora está más y mejor protegida!
Si sufres un accidente, tus seres queridos recibirán 18.000 euros en caso de fallecimiento.

Seguro de accidentes para personas afiliadas y personas delegadas sindicales

Seguro de accidentes para personas afiliadas

  1. Personas aseguradas: toda persona afiliada a CCOO Cataluña que esté al corriente de pago de sus cuotas.
  2. Fecha de efecto: 1 de enero de 2025.
  3. Importe: 18.000 € en caso de fallecimiento por accidente.
  4. Condiciones particulares:
    ● Defunción por accidente ocurrido tanto en el ámbito personal como en el laboral (incluido el infarto de miocardio o la hemorragia o el infarto cerebral cuando sean declarados por la Seguridad Social o, en su caso, por la jurisdicción laboral, como accidente laboral).
    ● Sin límite de edad.
    ● Se excluyen las enfermedades profesionales.
  5. Cobertura adicional para personas delegadas sindicales, si la persona asegurada es también representante sindical de CCOO Cataluña y muere mientras hace uso de las horas sindicales o in itinere.
  6. Protocolo de comunicación: el familiar o representante de la persona afiliada difunta deberá ponerse en contacto con la organización sindical, territorial o federal de CCOO Cataluña a la que pertenecía por comunicar el siniestro a los efectos oportunos a través del correo serviafil@ccoo.es. La entidad aseguradora, una vez registrado el siniestro, será quien solicitará directamente al familiar o representando toda la documentación necesaria para tramitar el expediente de indemnización.

Seguro de accidentes para personas delegadas sindicales

  1. Personas aseguradas: toda persona afiliada a CCOO Cataluña que forme parte de comités de empresa y juntas de personal, personas escogidas en las candidaturas, delegados y delegadas sindicales, personas liberadas sindicales, miembros electos y candidatos y candidatas no electas suplentes de los órganos de dirección de la organización sindical CCOO Cataluña.
  2. Fecha de efecto: 1 de enero de 2025.
  3. Importe: 12.000€ en caso de fallecimiento por accidente* + 18.000€ de la póliza de accidentes para personas afiliadas. Indemnización total: 30.000€.
  4. Condiciones particulares:
    ● * Defunción por accidente sufrido durante la realización efectiva de actividades sindicales, en las horas sindicales otorgadas al efecto, más el tiempo de desplazamiento entre el domicilio y el lugar donde se desarrollen las actividades sindicales y viceversa (in itinere).
    ● Límite de edad: se excluyen los menores de 14 años y los mayores de 70 años.
    ● Se excluyen las enfermedades profesionales.
  5. Protocolo de comunicación: el familiar o representante de la persona afiliada o delegada sindical difunta deberá ponerse en contacto con la organización sindical, territorial o federal de CCOO Catalunya a la que pertenecía para comunicar el siniestro a los efectos oportunos a través del correo serviafil@ccoo.es. La entidad aseguradora, una vez registrado el siniestro, será quien solicitará directamente al familiar o representante toda la documentación necesaria para tramitar el expediente de indemnización.
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