Abogados laboralistes
Dos conocidos abogados laboralistas, Montserrat Avilés y Albert Fina, fueron juzgados en dos ocasiones por actividades relacionadas con su profesión. La primera en 1971. El 13 de diciembre la policía hizo un registro en su despacho, donde encontraron a un grupo de ocho trabajadores de SEAT y algunos ejemplares de un número deAsamblea Obrera, la publicación clandestina de las Comisiones Obreras de SEAT. El TOP procesó a los trabajadores ya los abogados Fina y Avilés por asociación ilegal y, en algunos casos, se sumó la acusación de propaganda ilegal. La prensa se hizo eco del procesamiento desde sus inicios, y hubo numerosas referencias a las publicaciones clandestinas de organizaciones obreras. El Colegio de Abogados de Barcelona protestó por la entrada y registro del despacho y, posteriormente, acordó reivindicar el derecho de los abogados a reunirse con sus clientes, independientemente de su número. A este comunicado se sumó el Consejo General de la Abogacía Española. El 4 de febrero de 1974 el TOP absolvió a todos los acusados. Albert Fina y Montserrat Avilés presentaron una querella por coacciones y amenazas por la forma violenta en la que los policías entraron en el despacho y detuvieron a algunos de los presentes. Se instruyó un sumario, pero acabará siendo sobreseído.

Ilustración de Perich, en referencia al número de personas que podían reunirse legalmente con un abogado. AHCO. Fondo Albert Fina y Montserrat Avilés.

Octavilla distribuida en la SEAT, solidarizándose con los abogados Albert Fina y Montserrat Avilés, 1975. AHCO.
Fina y Avilés, de forma casi simultánea, estaban implicados en otro proceso. El 29 de agosto de 1972 la policía detuvo a Francisco Puerto Otero y lo encontró propaganda del PSUC. Puerto, que sería torturado en la jefatura, llevaba, además, una circular informativa del despacho de Albert Fina, Montserrat Avilés y Ascensió Solé. Esto sirvió para procesar a los tres abogados y Puerto por propaganda ilegal. A Francisco Puerto, además, también se le procesaba por asociación ilegal. Desde el Colegio de Abogados hubo una notable implicación en defensa de los abogados. Al juicio, realizado el 31 de enero de 1974, asistieron los decanos del Colegio de abogados de Barcelona, Mataró y Madrid. El TOP sentenció a Francisco Puerto a 5 años de cárcel por asociación ilícita; ya 5 meses en Ascensió Solé, 4 meses en Fina y Avilés, por impresión clandestina. El 15 de abril de 1975 el Tribunal Supremo absolvió a los abogados, pero confirmó la condena de Puerto.
Ambos procesos tuvieron una notable presencia en la prensa legal y la clandestina. Los abogados procesados recibieron cartas colectivas de apoyo de trabajadores de empresas como SEAT o FECSA o vecinos de la Guineueta. El hecho de implicar a dos conocidos abogados laboralistas y de cuestionar la posibilidad de reunirse con grupos de clientes o de emitir circulares dirigidas a éstos, sirvió para movilizar al Colegio de Abogados, aparte de los militantes antifranquistas. Incluso protestaron por los procesamientos organizaciones extranjeras, como Amnistía Internacional, la Comisión Internacional de Juristas y la Asociación Internacional de Juristas Democráticos. Asimismo, también protestaron públicamente por el procesamiento intelectuales franceses como Jean Paul Sartre y Simone de Beavoir.

Foto de Paco Puerto. AHCO. Colección fotográfica.

Cena de los integrantes del despacho Fina-Avilés, 1977. Fotografía Col. de Montserrat Avilés.
Montserrat Avilés y Albert Fina volverían a ser detenidos y procesados por el TOP a raíz de la detención del 28 de octubre de 1973 de las personas congregadas para asistir a una reunión de la Assemblea de Catalunya, lo que será conocido como la “caída de los 113 ”. El TOP inició un proceso judicial pero finalmente no se llevó a cabo.