Los servicios jurídicos de CCOO de Catalunya logran una importante sentencia ante despidos durante el estado de alarma

Aplica una indemnización muy superior a la improcedencia, como medida disuasoria y en aplicación del Convenio 158 de la OIT

El Juzgado de lo Social 26 de Barcelona, ​​ante varias demandas por despido interpuestas por los servicios jurídicos de CCOO, ha dictado una sentencia que reconoce la improcedencia de los despidos en LSC Barcelona Reporting, pero además establece una indemnización muy superior a la establecida por la improcedencia en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.

La empresa procedió a despedir a 8 trabajadores y trabajadoras durante el confinamiento por coronavirus con una causa irreal y sin fundamento, aunque la legislación tenía como finalidad el mantenimiento del empleo. La poca antigüedad de los trabajadores y trabajadoras hacía que para la empresa fuera más rentable proceder al reconocimiento de la improcedencia que establecer medidas para mantener los puestos de trabajo.

El magistrado entiende que, en aplicación del Convenio 158 de la OIT, el despido sin causa debe sancionarse con la readmisión o bien con una indemnización suficientemente disuasoria, y que el reconocimiento de la improcedencia no permite. La cuantificación de la indemnización, si bien es criterio del juez -en este caso, 9 mensualidades de salario- debe ser suficientemente disuasoria para que el despido no sea más barato que proceder a realizar medidas para el mantenimiento del empleo.

En este caso, el juzgado ha tenido en cuenta la necesaria rapidez en resolver estos asuntos derivados de despidos por la situación de la COVID-19, pero desde CCOO denunciamos que por la saturación de los juzgados la mayoría de señalamientos se están produciendo para 2022, lo que significa la pérdida de derechos de defensa efectiva.

El sindicato puso en marcha una campaña para reclamar los despidos que pudieran producirse durante el estado de alarma de forma fraudulenta. El Gabinete Técnico Jurídico de CCOO de Catalunya ha presentado ante los diferentes juzgados de lo social de Catalunya un total de 1.176 demandas de este tipo, y de ellas, 687 corresponden a reclamaciones por despido sólo durante el estado de alarma.

Desde CCOO seguimos denunciando el abuso de algunas empresas que despiden o toman represalias con trabajadoras y trabajadoras que por indicación médica deben cumplir con un período de aislamiento. Continuamos exigiendo la nulidad de todos estos procesos y la protección de los trabajadores y trabajadoras afectados.

Oficina de Prensa de CCOO de Catalunya
Barcelona, ​​1 de septiembre de 2020