Dictamen 02/2024 sobre el Proyecto de Decreto del régimen lingüístico del sistema educativo

El dictamen fue aprobado por el Pleno del CTESC, el 11 de marzo de 2024.

El Proyecto de Decreto tiene por objeto establecer el régimen lingüístico del sistema educativo no universitario, mediante la regulación del uso y la enseñanza de las lenguas, del desarrollo del proyecto lingüístico y la regulación del conocimiento y la utilización de las lenguas por parte del personal docente y no docente.

El régimen lingüístico del sistema educativo se regula para contribuir a alcanzar las siguientes finalidades:

a) Asegurar la competencia comunicativa plena, oral y escrita, en catalán, castellano y, en Arán, en aranés, denominación que recibe el occitano en este territorio, a todo el alumnado al final de la etapa educativa obligatoria. Y también en lengua de signos catalana a aquel alumnado que haya optado por la modalidad bilingüe.

b) Reforzar la competencia comunicativa del alumnado en, al menos, una lengua extranjera, al final de la etapa educativa obligatoria.

c) Garantizar el uso del catalán y del aranés, en Arán, lenguas normalmente utilizadas como vehiculares y de aprendizaje, como lenguas de atención al alumnado recién llegado, de relación interna en los centros educativos y de proyección externa del centro y de relación con el resto de la comunidad educativa.

d) Garantizar, de acuerdo con la normativa vigente y en el marco de lo que establezcan los proyectos lingüísticos, la presencia adecuada del castellano en el sistema educativo para garantizar la competencia lingüística del alumnado al finalizar la etapa educativa obligatoria.

e) Asegurar el aprendizaje y la utilización de la lengua de signos catalana para el alumnado con discapacidad auditiva de la modalidad educativa bilingüe.

f) Fortalecer el modelo lingüístico del sistema educativo determinando la presencia de las lenguas oficiales exclusivamente con criterios pedagógicos y adecuarlo a la realidad social y educativa.

g) Dotar a la comunidad educativa de un marco normativo para la elaboración, seguimiento y evaluación del proyecto lingüístico de centro.

h) Fortalecer la cohesión social, la igualdad de oportunidades y el papel compensador de la escuela catalana con independencia de la lengua de origen del alumnado.

i) Fomentar un aprendizaje integral y globalizador de las lenguas oficiales, favoreciendo los intercambios y las transferencias lingüísticas, y la reflexión sobre las estructuras lingüísticas comunes con el fin de favorecer la adquisición de la plena competencia en catalán y castellano, y, en el Aran, también en aranés.

j) Reconocer y promover el conocimiento de las lenguas extranjeras de origen del alumnado como medida para incentivar y valorar la diversidad lingüística y los vínculos culturales con otros territorios.

k) Promover la competencia plurilingüe, entendida como la capacidad de adquirir sucesivamente y de utilizar diversas competencias en algunas lenguas, en distintos grados de dominio, para cumplir funciones diversas.