El dictamen fue aprobado por el Pleno del CTESC, el 22 de diciembre de 2023, con los votos particulares de CCOO de Cataluña y UGT, de Fomento del Trabajo y de PIMEC.
El Anteproyecto de ley tiene por objeto regular modificaciones en materia fiscal y administrativa, directamente relacionadas con el ingreso y el gasto de los presupuestos de la Generalidad para 2024 o con la Administración del patrimonio de la Generalidad de Cataluña.
El Anteproyecto de ley consta de un preámbulo y de seis partes.
- La parte primera agrupa a las “Medidas fiscales” y se ordena en dos títulos. En el título I se recogen modificaciones normativas en el ámbito de los tributos propios y en el título II, en el ámbito de los tributos cedidos.
- La segunda parte agrupa “Medidas de simplificación institucional” y modifica la norma relativa a la suplencia y sustitución de la presidencia de la Generalitat, al encargo de despacho ya la incompatibilidad de los altos cargos.
- La tercera parte agrupa “Medidas financieras” y se ordena en tres títulos: el título III, sobre medidas relativas al régimen jurídico de las finanzas públicas; el título IV, sobre medidas en materia de convenios, encargos de gestión y otros acuerdos, con contenido económico, y el título V, sobre modificaciones legislativas en materia de patrimonio.
- La parte cuarta agrupa “Medidas en el ámbito del sector público” y se ordena en tres títulos: el título VI, relativo a las medidas en materia de personal de la Administración de la Generalidad y su sector público; el título VII, relativo a medidas de reestructuración y racionalización del sector público; y el título VIII, sobre modificaciones legislativas en materia de órganos independientes.
- La parte quinta agrupa "Medidas administrativas" y se ordena en seis títulos: el título IX, relativo a medidas administrativas en materia de derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia, y de política social e igualdad; el título X, relativo a medidas administrativas en materia de infraestructuras y movilidad, de urbanismo y vivienda, de medio ambiente y sostenibilidad, y de ordenación de aguas; el título XI, relativo a medidas en materia de turismo; el título XII, relativo a medidas administrativas en materia de patrimonio natural y biodiversidad; el título XIII, en materia de educación; y el título XIV, que contiene otras medidas administrativas de carácter sectorial.
- La parte final contiene dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria referida al régimen transitorio de las personas beneficiarias de las prestaciones de la Ley 13/2006, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.
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