El TSJC confirma la Sentencia favorable a los trabajadores de Panrico dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Sabadell ante la demanda de la empresa por huelga ilegal y abusiva

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado la Sentencia dictada el 28 de agosto de 2014 por el juzgado de lo social número 3 de Sabadell ante la demanda presentada por la empresa Panrico por daños y perjuicios y considerar ilegal y abusiva la huelga que van realizar los trabajadores y trabajadoras de esta empresa en Santa Perpètua de Mogoda. El juicio se celebró el 13 de febrero del pasado año y ante la sentencia del Juzgado de Sabadell la empresa presentó recurso que ahora el TSJC desestima.

 

La sentencia fue favorable a los intereses de los trabajadores y absolvió a los demandados que eran el Comité de empresa, el Comité de huelga, la sección sindical de CCOO, la sección sindical de UGT y las federaciones agroalimentarias de CCOO y UGT.

 

En concreto, la sentencia declaraba que la empresa acumuló indebidamente pretensiones que la ley no permite. En los fundamentos jurídicos de la sentencia se declaraba de forma rotunda que la huelga fue totalmente legal, contradiciendo todos los argumentos presentados por la empresa.

 

Vulneración del derecho fundamental de huelga

 

La sentencia reconocía también el incumplimiento por parte de la empresa de las condiciones pactadas en el convenio colectivo y que la huelga fue convocada para exigir el cumplimiento de las condiciones salariales pactadas y las garantías de empleo previstas en el artículo 66 del convenio. La sentencia consideraba que la empresa vulneró el derecho fundamental de huelga.

 

De nuevo, CCOO de Catalunya ha valorado muy positivamente esta confirmación de sentencia por parte del TSJC.