Decálogo de actuación
La carencia de prevención tiene graves consecuencias para la población trabajadora. Perder la salud no forma parte del contrato. Por eso, nuestros esfuerzos deben ir orientados a garantizar derechos ya mejorar las condiciones de trabajo. Pero en ocasiones, el daño ya existe, sea de origen laboral o de origen ajeno a la actividad profesional. En ambos casos, la ley prevé, como principio de la acción preventiva, que HAY QUE ADAPTAR EL TRABAJO A LAS PERSONAS Y NO AL INREVÉS.
Con esta hoja informativa queremos orientar cómo intervenir y cómo generar este derecho de protección adicional para este colectivo y evitar, así, que la salud sirva para discriminar a las personas y excluirlas del mundo laboral.